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ORDENANZA N° 09/92

 

ARTÍCULO 1°: Autorícese al D.E.M. a contratar con el Banco de la Provincia de Bs. As., un empréstito de US$ 200.000 (Dólares Norteamericanos doscientos mil), cancelables en seis (6) años en cuotas semestrales, crecientes y porcentuales del capital original, difiriéndose el pago de la primera cuota al vencimiento del primer año, con más el interés que se encuadra en lo determinado bajo el régimen de la Ley de Fideicomiso.-

 

ARTÍCULO 2°: El monto del empréstito que se autoriza por el Artículo anterior será destinado a la obra: "Ampliación del Cementerio" según expediente interno N° 06/91.-

 

ARTÍCULO 3°: El gasto que demande la obra se imputará a la Cuenta 2.3.2.5.2.7. "Ampliación del Cementerio".-

 

ARTÍCULO 4°: El D.E.M. deberá prever en los presupuestos futuros, las partidas para atender los servicios de amortización e intereses del préstamo hasta su cancelación.-

 

ARTÍCULO 5°: En garantía del fiel cumplimiento de los servicios anuales de la deuda que se contrae, la Municipalidad declara afectados los recursos provenientes de las coparticipaciones fiscales sin afectación correspondientes a los Impuestos Nacionales y Provinciales.-

 

ARTÍCULO 6°: Comuníquese, regístrese y cumplido archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veinticinco días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y dos.

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 25/03/1992