Marcos Paz, 22 de Agosto del 2024.-
VISTO:
El Expediente 4073-HCD-162-2024 P.C. “Solicitar al DEM que arbitre los medios necesarios para asegurar la continuidad del Centro Educativo Complementario” iniciado por los Bloques Juntos y Juntos por el Cambio
El Expediente 4073-HCD-172-2024 P.C. “Preocupación por la situación Edilicia y continuidad del Centro Educativo Complementario” iniciado por el bloque Marcos Paz Tiene Futuro
La Constitución Nacional;
La Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
La Ley Orgánica de las Municipalidades;
La ordenanza 52/2005 y 03/2014 del Honorable Concejo Deliberante de Marcos Paz.
CONSIDERANDO:
Que el Centro de Educación Complementario (CEC) es una institución que alberga a 256 niños y niñas de entre 3 y 16 años a contra turno de la cursada escolar desde el año 2003 y actualmente se encuentra en una situación crítica debido a que el contrato de alquiler del inmueble donde se encuentra finalizará el 31 de agosto del 2024.-
Que, según las autoridades de educación, en caso de no ser posible la renovación del contrato de alquiler, el CEC se trasladaría a las instalaciones de la Escuela Especial 502, lo cual implicaría operar en condiciones limitadas.
Que es fundamental asegurar que cualquier cambio de ubicación del CEC no comprometa la calidad del servicio educativo que brinda a la comunidad.
Que la continuidad de las actividades educativas del CEC es esencial para el desarrollo integral de los estudiantes que asisten a dicha institución.
Que es necesario que las instalaciones de la Escuela Especial 502, en caso de ser utilizadas temporalmente por el CEC, se encuentren en condiciones óptimas para permitir el normal desarrollo de las actividades educativas.
Que además de la situación del alquiler existen dificultades en la mantención del mobiliario, como ruptura del aire frio calor, falta de renovación de computadores, ruptura sin arreglo del equipo de música entre otras, que afectan las condiciones en las que los niños/ adolescentes realizan sus actividades.
Que el artículo 2 de la Ordenanza Nº 03 del 2014 establece: “Aféctese la fracción del predio designado catastralmente como: Circunscripción I - Sección J – Manzana 102 b – Parcelas 1, 2, 17 y 18 a la Dirección General de Escuelas cuyo destino será la construcción de un Centro de Educación Complementario”.
Que es dable destacar el apoyo por parte del Departamento Ejecutivo Municipal, que durante 12 años ha aportado con el pago del canon locativo del actual edificio del Centro de educación Complementaria, el cual en los últimos años ha incrementado su valor resultando inviable continuar con el cumplimiento del contrato de alquiler.
Por todo lo expuesto, y en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:
COMUNICACIÓN N° 020/2024
ARTÍCULO 1º: Solicitar a Jefatura Distrital y Consejo Escolar que arbitre los medios necesarios para asegurar la continuidad del Centro Educativo Complementario (CEC) en su actual ubicación, o en su defecto, proveer una solución que permita el adecuado funcionamiento del CEC sin afectar la calidad del servicio educativo brindado.
ARTÍCULO 2º: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que en caso de que el Centro Educativo Complementario deba trasladarse a las instalaciones de la Escuela Especial 502, arbitre los medios necesarios para asegurar que dichas instalaciones se encuentren en condiciones óptimas para permitir el normal desarrollo de las actividades educativas.
ARTÍCULO 3º: Solicitar a Jefatura Distrital y Consejo Escolar que arbitre los medios necesarios para la reanudación de la obra de un edificio propio para el Centro Educativo Complementario (CEC).-
ARTICULO 4º: Solicitar al DEM garantice la mantención del mobiliario, calefacción y equipamiento básico de trabajo para el desarrollo de actividades escolares.
ARTICULO 5º: Enviar copia de la presente Comunicación a Jefatura Distrital y Consejo Escolar.-
ARTICULO 6º: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los veintidós días del mes de Agosto del año dos mil veinticuatro.-