Marcos Paz, 26 de Junio de 2025.-
VISTO:
El expediente 4073-HCD 090/2025 P.C. “Mejora de la calle Rivadavia entre Guatemala y French”
La Constitución Nacional;
La Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
La Ley Orgánica de las Municipalidades;
La necesidad de garantizar la transitabilidad segura de los vecinos y vecinas, así como también de vehículos particulares y de servicios.
CONSIDERANDO:
Que es competencia del Honorable Concejo Deliberante de Marcos Paz proponer mejoras en la infraestructura vial y de servicios públicos del municipio.
Que el mal estado de las calles perjudica seriamente la calidad de vida de los habitantes, afectando el acceso a sus viviendas, la circulación del transporte público, de emergencias, escolares y de servicios esenciales.
Que es responsabilidad del Departamento Ejecutivo Municipal realizar el mantenimiento, mejora y conservación de la infraestructura vial urbana.
Por todo lo expuesto, y en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:
COMUNICACIÓN N° 017/2025
ARTÍCULO 1: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del área que corresponda, arbitre los medios necesarios para realizar tareas de reparación, mejora y mantenimiento la calle Rivadavia entre Guatemala y French.-
ARTÍCULO 2: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los veintiséis días del mes de Junio del año dos mil veinticinco.-