Marcos Paz, 18 de Septiembre de 2025.-
VISTO:
El expediente 4073-HCD 150/2025 P.C. “Solicitar a ABSA arbitre los medios para brindar el correcto servicio de agua a los hogares de la calle Carmán, entre España y Alemania”
La Constitución Nacional;
La Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
La Ley Orgánica de las Municipalidades;
CONSIDERANDO:
Que el acceso al agua potable es un derecho humano fundamental reconocido tanto por la Constitución Nacional como por tratados internacionales suscriptos por nuestro país;
Que la provisión de agua en cantidad y calidad adecuada constituye un servicio público esencial, indispensable para la vida diaria, la salud y el desarrollo de las actividades de los vecinos y vecinas de nuestra ciudad;
Que en distintos barrios de Marcos Paz los vecinos vienen manifestando reiteradamente inconvenientes en el suministro de agua, ya sea por deficiencia en la presión, cortes reiterados o mala calidad del servicio;
Que la empresa Aguas Bonaerenses S.A. (ABSA), en su carácter de prestataria del servicio, tiene la responsabilidad de garantizar el acceso universal y seguro al agua potable, en condiciones que satisfagan las necesidades de la comunidad;
Que los vecinos del barrio Güemes, manifiestan la falta de presión de agua, debido a instalaciones rudimentarias e ineficientes;
Que resulta fundamental que las autoridades competentes arbitren de manera urgente los medios técnicos, operativos y de inversión necesarios para asegurar la correcta provisión de agua potable en todos los hogares de Marcos Paz.
Por todo lo expuesto, y en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:
COMUNICACIÓN N° 021/2025
ARTÍCULO 1°: Solicitar a las autoridades de ABSA, arbitren los medios necesarios para abastecer correctamente del servicio a los hogares de la calle Gregorio Carmán, entre las calles España y Alemania.-
ARTÍCULO 2°: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los dieciocho días del mes de Septiembre del año dos mil veinticinco.-
COMUNICACIÓN N° 019/2025
ARTÍCULO 1°: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del área correspondiente, arbitre los medios necesarios para establecer la correcta señalización de desvíos y circuitos alternativos para el tránsito pesado, priorizando calles de menor circulación peatonal y vehicular, a fin de preservar la seguridad y el estado de las vías más utilizadas por la comunidad.
ARTÍCULO 2º: Establézcase como desvíos sugeridos para el tránsito pesado, mientras duren las obras en la Ruta 40:
Sentido Merlo - Las Heras: Ruta 40 - French - Libertad - Feijoo -Ruta 40.
Sentido Las Heras – Merlo: Ruta 40 -Feijoo -Libertad - French - Ruta 40.
ARTÍCULO 3°: Dispóngase la señalización adecuada y campañas informativas para comunicar a la población y a los conductores los nuevos recorridos establecidos.
ARTÍCULO 4º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los siete días del mes de Agosto del año dos mil veinticinco.-