Marcos Paz, 18 de Septiembre de 2025.-
VISTO:
El Expediente 4073-HCD-152/2025, P.C. “Actualización del organigrama municipal para la transparencia de la información pública”,
La Constitución Nacional;
La Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
La Ley orgánica de las Municipalidades;
El reglamento interno del HCD de Marcos Paz.
CONSIDERANDO:
Que el acceso a la información pública es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Nacional y diversos tratados internacionales de derechos humanos, y que la transparencia en la gestión pública es una herramienta clave para fortalecer la confianza ciudadana en las instituciones del Estado.
Que el acceso a la información permite a la ciudadanía conocer cómo funciona, se divide y se compone la gestión del gobierno que rige en nuestro municipio, lo cual es esencial para el ejercicio pleno de sus derechos.
Que la publicación y actualización del organigrama municipal en un formato oficial y digital constituye una medida que amplía la transparencia y modernización del municipio, facilitando la comprensión de la estructura organizativa y permitiendo que la ciudadanía conozca quiénes están a cargo de cada dependencia.
Que un organigrama municipal actualizado debe incluir todas las Secretarías, Subsecretarías, Direcciones, Coordinaciones, Departamentos y Divisiones del gobierno municipal, junto con los nombres de los funcionarios responsables de cada una de estas áreas, garantizando así una gestión más abierta y accesible para todos los vecinos.
Por todo lo expuesto, y en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:
COMUNICACIÓN N° 023/2025
ARTÍCULO 1°: Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal que publique y mantenga actualizado en un formato oficial y digital el organigrama completo del Municipio de Marcos Paz, el cual deberá incluir todas las Secretarías, Subsecretarías, Direcciones, Coordinaciones, Departamentos y Divisiones del gobierno municipal, así como los nombres de los funcionarios a cargo de cada una de ellas.-
ARTÍCULO 2°: Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal que dicha publicación y actualización deberá estar disponible en el sitio web oficial del Municipio y en cualquier otra plataforma de acceso público que el DEM considere pertinente, con el fin de garantizar la mayor transparencia y acceso a la información pública.-
ARTÍCULO 3°: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los dieciocho días del mes de Septiembre del año dos mil veinticinco.-