ORDENANZA N° 26/93
ARTÍCULO 1°: EL CONTRATISTA DEBERA MATRICULARSE EN LA MUNICIPALIDAD COMO INSTALADOR CLOAQUISTA.-
ARTÍCULO 2°: DICHO MATRICULADO SERA EL UNICO RESPONSABLE DE LA EJECUCION DE LOS TRABAJOS ANTE ESTE MUNICIPIO Y EL VECINO FRENTISTA.-
ARTÍCULO 3°: SERA REQUISITO PARA MATRICULARSE, INICIAR EXPEDIENTE POR MESA DE ENTRADAS Y FIRMAR EN LA SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS UNA DECLARACION JURADA DE CONOCIMIENTO DE LAS REGLAMENTACIONES DE OBRAS SANITARIAS DE LA NACION Y MUNICIPALES CONTENIDAS EN PLANILLA ANEXA.-
ARTÍCULO 4°: EL IMPORTE CORRESPONDIENTE A LA CONEXION SEGUN LO DICTADO EN LA ORDENANZA N°. 58/92 ($ 200.-) PODRA ABONARSE HASTA EN CUATRO (4) CUOTAS CONSECUTIVAS E IGUALES.-
ARTÍCULO 5°: LOS JUBILADOS Y PENSIONADOS ENCUADRADOS EN LO DICTADO POR LA OR DENANZA DE EXIMICION DE PAGO DE TASAS, PODRA ABONARLO HASTA EN
DIEZ (10) CUOTAS CONSECUTIVAS E IGUALES.-
ARTÍCULO 6°: COMUNIQUESE AL D.E.M., DESE AL R.O., PUBLIQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintiocho días del mes de junio del año mil novecientos noventa y tres.