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ORDENANZA N° 26/93

 

ARTÍCULO 1°: EL CONTRATISTA DEBERA MATRICULARSE EN LA MUNICIPALIDAD COMO INSTALADOR CLOAQUISTA.-

ARTÍCULO 2°: DICHO MATRICULADO SERA EL UNICO RESPONSABLE DE LA EJECUCION DE LOS TRABAJOS ANTE ESTE MUNICIPIO Y EL VECINO FRENTISTA.-

 

ARTÍCULO 3°: SERA REQUISITO PARA MATRICULARSE, INICIAR EXPEDIENTE POR MESA DE ENTRADAS Y FIRMAR EN LA SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS UNA DECLARACION JURADA DE CONOCIMIENTO DE LAS REGLAMENTACIONES DE OBRAS SANITARIAS DE LA NACION Y MUNICIPALES CONTENIDAS EN PLANILLA ANEXA.-

 

ARTÍCULO 4°: EL IMPORTE CORRESPONDIENTE A LA CONEXION SEGUN LO DICTADO EN LA ORDENANZA N°. 58/92 ($ 200.-) PODRA ABONARSE HASTA EN CUATRO (4) CUOTAS CONSECUTIVAS E IGUALES.-

 

ARTÍCULO 5°: LOS JUBILADOS Y PENSIONADOS ENCUADRADOS EN LO DICTADO POR LA OR DENANZA DE EXIMICION DE PAGO DE TASAS, PODRA ABONARLO HASTA EN 

DIEZ (10) CUOTAS CONSECUTIVAS E IGUALES.-

 

ARTÍCULO 6°: COMUNIQUESE AL D.E.M., DESE AL R.O., PUBLIQUESE Y CUMPLIDO ARCHIVESE.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintiocho días del mes de junio del año mil novecientos noventa y tres.

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 28/06/1993