ORDENANZA N° 82/84
ARTÍCULO 1: Autorizase al Departamento Ejecutivo a contratar con Banco de la Provincia de Buenos Aires, un empréstito por =A=. 3.000.000 (Tres millones de pesos argentinos) cancelable en el término de 3 años con amortizaciones ajustable, bajo el régimen de la Ordenanza General N° 40.-
ARTÍCULO 2: El monto del empréstito que se autoriza por el artículo anterior Será destinado a obra de pavimento en calles de esta Ciudad.-
ARTÍCULO 3: El Departamento Ejecutivo deberá preveer en los presupuestos futuros las partidas necesarias para atender los servicios de amortización e intereses el préstamo, hasta su cancelación.-
ARTÍCULO 4: En garantía del fiel cumplimiento de los servicios anuales de la deuda que se contrae, la Municipalidad declara afectados los recursos provenientes de las coparticipaciones fiscales sin afectación, correspondiente a impuestos nacionales y provinciales.-
ARTÍCULO 5: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese, cumplido archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los diez días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y cuatro.