ORDENANZA N° 20/97
ARTÍCULO 1°: Destínese la fracción designada como Circ. I - Sección F - Frac. II, denominada Plazoleta Perito Moreno, para la creación del JARDIN BOTANICO Y HORTICOLA DE MARCOS PAZ.
ARTÍCULO 2°: Dicho jardín tendrá un sector parcelado para las huertas orgánicas de los diferentes establecimientos e instituciones locales, y un sector destinado a especies de la flora autóctonas.
ARTÍCULO 3°: El Jardín será de uso público en el recorrido botánico y las huertas deberán estar protegidas y su visita coordinada con los responsables de las mismas.
ARTÍCULO 4°: Facúltese al D.E. a realizar el pertinente proyecto obrante como anexo de la presente y a establecer el régimen administrativo del JARDIN BOTANICO Y HORTICOLA.
ARTÍCULO 5°: Comuníquese, publíquese, regístrese y cumplido archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintinueve días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y siete.