ORDENANZA N° 83/84
ARTÍCULO 1: Autorizase al Departamento Ejecutivo a adquirir en forma directa un colectivo, haciendo uso de la excepción prevista en el inciso 10 del Art.156 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
ARTÍCULO 2: Ampliase el Cálculo de Recursos mediante la creación en la Sección 1 Sector 2 "Aportes no reintegrables" Rubro 3 Subrubro 4 Subsidio Ministerio de Acción Social Resolución N° 00671 por la suma de =A=. 1.000.000 (un millón de pesos Argentinos).
ARTÍCULO 3: Amplíese el Presupuesto de Gastos Vigentes mediante la creación en el carácter 2- Finalidad 1- Sección 2- Sector 5- Inciso 1 de la partida principal 4 "Vehículo varios y Embarcaciones" en la suma de =A=. 1.000.000 (un millón de pesos Argentinos).-
ARTÍCULO 4: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese, publíquese cumplido archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los dieciocho días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y cuatro.