ORDENANZA N° 36/97
ARTÍCULO 1°: EXIMASE parcialmente del pago de las Tasas Municipales los Capítulos I - IV - XXII -, de la Ordenanza Impositiva vigente, al inmueble ubicado en la esquina de Lavalle y Agüero de nuestro partido, donde funciona el Centro de Asistencia y Prevención de las Adicciones.-
ARTÍCULO 2°: La mencionada exención no alcanza el importe establecido para la tasa de prestación del servicio de alumbrado público que actualmente percibe la empresa Edenor S.A., de acuerdo al Convenio celebrado oportunamente.-
ARTÍCULO 3°: La eximición determinada en el ARTÍCULO 1°, tendrá vigencia a partir del 1ø de enero del corriente año y por el ejercicio que comprende dicho año.-
ARTÍCULO 4°: Comuníquese al D.E.M., dese al R.O., regístrese, publíquese y cumplido archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los siete días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y siete.