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ORDENANZA N° 14/99

 

ARTÍCULO 1º: Exímase del pago de las Tasas Municipales de los Capítulos I – IV y XXII, de la Ordenanza Impositiva vigente a todos los inmuebles, del partido de Marcos Paz, dependientes de la Dirección General de Escuelas

 

ARTÍCULO 2º: El tributo eximido no alcanza el importe establecido para la tasa de servicios de alumbrado público que actualmente percibe la Empresa EDENOR S.A., de acuerdo al convenio celebrado oportunamente

 

ARTCULO 3º: Comuníquese al D.E.M., dese al Consejo Escolar de Marcos Paz a fin de que este lo eleve a la D.G.E. y C., dese al R.O., publíquese y cumplido archívese

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, al primer día del mes de julio del año mil novecientos noventa y nueve.

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 01/07/1999