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ORDENANZA N° 01/2003

 

ARTÍCULO 1°: Designase con el nombre de “Cabo Romero” al espacio verde ubicado en la calle 2 de abril entre Rivadavia y Puerto Argentino, del barrio Islas Malvinas, de nuestro distrito.

 

ARTÍCULO 2°: Designase con el nombre de “Mural de la Memoria” al sitio destinado a colocar placas recordatorias dentro de la Plaza “Cabo Romero”.

 

ARTÍCULO 3°: Autorízase a colocar dentro del predio de la Plaza “Cabo Romero” una placa recordatoria a “Nuestro Héroe de Malvinas”.

 

ARTÍCULO 4°: La Plaza “Cabo Romero” deberá recibir los cuidados necesarios para preservación y mantenimiento, de manera tal que cumpla con los objetivos prefijados (esparcimiento de niños, jóvenes y familia en general).

 

ARTÍCULO 5°: De forma

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintisiete días del mes de marzo del año dos mil tres.

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 27/03/2003