ORDENANZA N° 02/2005
ARTÍCULO 1°: Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir la escritura traslativa con las cláusulas establecidas en las leyes especiales y lo establecido en Constitución Nacional referentes a las comunidades indígenas, de una fracción de terreno ubicada en esta ciudad y partido, designada según plano 68-19-2003 como parcela 57 ab, nomenclatura catastral Circunscripción 11, Parcela 57 ab, de la cual se suscribió boleto de compra venta con fecha 29 de julio del 2003.-
ARTÍCULO 2°: Dicha compra la realizará la Municipalidad de Marcos Paz, en su carácter de gestora de negocios de la comunidad indígena 19 de abril perteneciente a la etnia Toba, inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas RENACI.-
ARTÍCULO 3°: Se autoriza al pago del saldo de precio, por la suma de pesos treinta y cinco mil ($35.000) el cual se abonará con el subsidio no reintegrable otorgado por el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, expediente INAE 50083-2003.-
ARTÍCULO 4°: El saldo de pesos quince mil ($15.000) de dicho subsidio del INAE se reintegrará al Municipio a la cuenta 2180/7 del Banco Provincia de Bs. As., sucursal Marcos Paz, o su número vigente al momento de la operación, importe que fue abonado oportunamente. por el municipio en forma de adelanto al propietario de la tierra.-
ARTÍCULO 5°: Autorizase al D.E., a compensar las partidas afectadas en la operación arriba mencionada.-
ARTÍCULO 6°: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los cinco días del mes de enero del año dos mil cinco.