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Observaciones:

  • Vetada por Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal N° 3017/05 del día 15/07/2005. y ratificado el día 16/08/2005 (Acta 521)

 

ORDENANZA N° 20/2005


ARTÍCULO 1°: Adhiérase el municipio de Marcos Paz en todo sus términos a la Ley Provincial N° 10.471 y sus modificatorias.

 

ARTÍCULO 2°: Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría de Salud, convoque  a una comisión profesional permanente de carrera hospitalaria, a los efectos de que adecue la norma mencionada en el Art. 1°, a la realidad existente en este municipio.

 

ARTÍCULO 3°: Una vez cumplimentado lo establecido en el Art. 2° de la presente, dicha comisión deberá remitir a éste Honorable Cuerpo el proyecto al que arribara a los fines de su convalidación definitiva.

 

ARTÍCULO 4°: De forma.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los treinta días del mes de junio del año dos mil cinco.

Información adicional

  • Fecha de Sanción: dd/mm/aaaa