ORDENANZA N° 14/2006
ARTÍCULO 1°: Declarar de interés municipal la construcción de un Monumento-Paseo al Veterano de Guerra de Malvinas.
ARTÍCULO 2°: Destinase la parcela comprendida entre la calle Belgrano, el camino sudoeste de acceso peatonal a la estación Marcos Paz, el acceso vehicular y la playa de estacionamiento de dicha estación para emplazar el Monumento-Paseo al Veterano de Guerra de Malvinas.
ARTÍCULO 3°: La proyección, construcción y emplazamiento del monumento expresado en el Artículo 2°, estará a cargo el Centro de Veteranos de Guerra de Malvinas de Marcos Paz.
ARTÍCULO 4°: No obstante lo expuesto en el artículo precedente, el proyecto arquitectónico deberá ser aprobado por la Oficina Técnica Municipal dependiente de la Secretaría de Obras Públicas. A los demás efectos, el Centro de Veteranos, para alcanzar los fines y objetivos mencionados en la presente, coordinará esfuerzos en forma conjunta con la mencionada Secretaría.
ARTÍCULO 5°: De Forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los ocho días del mes de junio del año dos mil seis.