ORDENANZA N° 79/2008
ARTÍCULO 1°: Autorízase al DEM a suscribir con el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires, el convenio tendiente a la Creación del Centro de Día, conforme al modelo que como anexo forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2°: Autorícese al DEM a desarrollar todas la acciones y/o gestiones tendientes al cumplimiento del convenio referido en el ARTÍCULO anterior.
ARTÍCULO 3°: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil ocho.