ORDENANZA N° 26/2005
ARTÍCULO 1°: Deróguese la Ordenanza N° 15/98 y toda norma que se oponga a la presente.
ARTÍCULO 2°: Autorizase en el partido de Marcos Paz, con la modalidad de actividad recreativa las Denominadas destrezas de perros galgos.
ARTÍCULO 3°: Se autoriza la creación de la comisión de Destrezas de Galgos por dos años a partir de la promulgación de la presente Ord., pudiendo sus miembros ser reelectos, la misma tendrá como fin la Organización y control de las jornadas que se lleven a cabo.
ARTÍCULO 4°: La comisión mencionada en el Art. 3° de la presente deberá elevar a este Honorable Cuerpo lo siguiente a fin de ratificar su conformación:
- Acta Constitutiva
- Fotocopia de DNI
- Nomina conteniendo Nombre Apellido y DNI
Solo se aceptaran como miembros genuinos de la comisión a aquellos ciudadanos de Marcos Paz con 1 año de antigüedad comprobada
ARTÍCULO 5°: El veinticinco (25) porciento de lo recaudado como mínimo en concepto de entradas será destinado a la Cooperadora del Hospital Municipal Héctor D Agnillo quien deberá destacar en el lugar del evento un veedor (Miembro Integrante de Comisión) este oficiara de contralor a la hora de expedir las entradas.
ARTÍCULO 6°: Las Competencias deberán realizase en predios privados.-
ARTÍCULO 7°: Se faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar el correspondiente Decreto reglamentario con el fin de normar todo aquello que no se ha tenido en cuenta en la presente.-
ARTÍCULO 8°: Comuníquese, dése al R.O. y cumplido archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los quince días del mes de septiembre del año dos mil cinco.