Observaciones:
- Sancionada definitivamente por la Ordenanza N° 38/2012
ORDENANZA N° 01/2011
Artículo 1°: Autorícense, Ratifíquense y/o Prorróguense los siguientes convenios con sus correspondientes adendas:
a) Convenio Cooperación entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires y el Municipio de Marcos Paz sobre el sostenimiento del Programa de Unidades de Desarrollo Infantil, en la modalidad Jardines Maternales de los Barrios El Zorzal y Rayito de Sol. El organismo provincial subvencionará la atención gratuita de (25) niños de ambos sexos, de 0 a 5 años de edad en cada uno, provenientes de familias con Riesgo Ambiental que necesiten de este aporte para atender a la formación y crianza de sus hijos.
b) Convenio Cooperación entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires y el Municipio de Marcos Paz sobre el sostenimiento del Programa de Unidades de Desarrollo Infantil, en la modalidad Centros de Atención Integral y sus posteriores adendas, el organismo provincial subvencionará la atención gratuita de OCHENTA (80) niños de ambos sexos, de 2 a 5 años de edad, provenientes de familias con Riesgo Ambiental que necesiten de este aporte para atender a la formación y crianza de sus hijos.
c) Convenio de Cooperación entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires y el Municipio de Marcos Paz, en la modalidad Centro de Día, el Ministerio subvencionará gratuitamente a QUINCE (15) niños de ambos sexos, provenientes de familias con riesgo Ambiental que necesiten de este aporte para atender a la formación y crianza de sus hijos. En adenda posterior se amplía el cupo de niños de ambos sexos a subvencionar a VEINTIUNO (21) en la modalidad "Centro de Día".
Artículo 2°: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los siete días del mes de abril del año dos mil once.