ORDENANZA N° 88/2013
ARTICULO 1°: El Departamento Ejecutivo procederá a través de la Secretaría que estime corresponder a disponer la creación dentro del ámbito del Partido de Marcos Paz de un Hogar de Tránsito para Mujeres, niños, niñas y adolescentes Víctimas de Violencia Familiar.
ARTICULO 2°:La implementación del mismo deberá constituir la instancia de protección inmediata ante la situación de riesgo de la víctima siendo el referente institucional abierto donde se le brindará contención por medio de la articulación y cooperación con la Subsecretaria correspondiente , dependiente de la Secretaria de Desarrollo Social y por ende de la Secretaría de Desarrollo Humano, quien implementará la estructura operativa de funcionamiento y sus normas, con la finalidad de optimizar los recursos humanos y materiales existentes.
ARTÍCULO 3°: El Hogar de Tránsito para Hombres, Mujeres, niños, niñas y adolescentes, Víctimas de Violencia Familiar deberá contemplar no solo la resolución de las necesidades prácticas de las víctimas, sino también cumplirá con las siguientes funciones:
a) Brindar albergue transitorio a la víctima, cuyo término de permanencia será determinado por los diagnósticos y acciones de los profesionales intervinientes en el ámbito de dependencia.
b) Coordinar con el ámbito de dependencia la articulación de la asistencia médica inmediata, el servicio psicológico que la situación requiere y el acceso a la justicia, derivando a los Tribunales de Familia de la jurisdicción.
ARTICULO 4°: Las mujeres asistidas en el Hogar tendrán prioridad en los planes y programas de capacitación y/o laborales implementados o subsidiados desde el ámbito nacional, provincial o municipal, como así también tendrán prioridad en el ingreso de sus hijos a los Jardines Maternales, Guarderías o Comedores Infantiles establecidos o subsidiados por la provincia o el municipio.
ARTICULO 5°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a gestionar y suscribir convenios de colaboración y asistencia con Organismos Públicos Nacionales, Provinciales e Instituciones Privadas sin Fines de Lucro, que faciliten la consecución de los fines perseguidos en la presente Ordenanza.
ARTICULO 6°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a reasignar las partidas correspondientes a los fines de la puesta en funcionamiento del Hogar de Tránsito de Hombres, Mujeres, niños, niñas y adolescentes, Víctimas de Violencia Familiar.
ARTICULO 7°: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil trece.-
Fecha de Publicación: 11/12/2013