ORDENANZA N° 21/85
ARTÍCULO 1: Derogase los incisos d y e del Art.2 de la Ordenanza N° 10/85, sancionada por este H.C.D. con fecha 22 de Marzo de 1985.-
ARTÍCULO 2: Comuníquese al D.E., regístrese, publíquese, cumplido archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los seis días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y cinco.