ORDENANZA N° 41/85
ARTÍCULO 1: Autorízase al D.E. a contratar con el Banco de la Provincia de Buenos Aires un empréstito de =A= 5.000 (cinco mil Australes) cancelable en el término de tres (3) años con amortizaciones semestrales crecientes, con mas un interés del 24% anual vencido resustentable bajo el régimen de la Ord. General N° 40.-
ARTÍCULO 2: El monto del empréstito que se autoriza por el Art. anterior será destinado a la prosecución de la obra de pavimentación en calles de esta Ciudad.-
ARTÍCULO 3: El D.E. deberá preveer en los presupuestos futuros las partidas necesarias para atender los servicios de amortización e intereses del préstamo hasta su cancelación.-
ARTÍCULO 4: En garantía de fiel cumplimiento de los servicios anuales de la deuda que se contrae, la Municipalidad declara afectada los recursos provenientes de las coparticipaciones fiscales sin afectación, correspondientes a impuestos Nacionales y Provinciales.-
ARTÍCULO 5: Comuníquese al D.E., publíquese, regístrese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, en el primer día del mes de julio del año mil novecientos ochenta y cinco.