ORDENANZA 023/2018
Artículo 1°: Adhiérase al régimen establecido en la Ley N 13.536, promulgada por el Poder Ejecutivo provincial mediante Decreto N2 2601/06, de conformidad con el artículo 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
Artículo 2°: Adhiérase al régimen establecido en la Ley N 14982- Capítulo VI Art. 50, 51 y concordantes de conformidad con el artículo 412 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 3°: El Departamento Ejecutivo a los fines de hacer efectiva la condonación de deuda prevista en las leyes mencionadas, previa verificación de la ausencia de actos interrumpidos de la prescripción de la acción de cobro, estipulados en el párrafo 3Q del artículo 278 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, elevará al Honorable Concejo Deliberante la nómina de los contribuyentes que se encuentren alcanzados por dicha normas y la respectiva deuda certificada por la Contaduría Municipal.-
Artículo 4°: De forma.
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los catorce días del mes de Junio de 2018.
Fecha de publicación: 02/07/2018