ORDENANZA N° 66/85
ARTÍCULO 1: Crease una Cuenta Especial titulada Convenio N° 126.-
ARTÍCULO 2: Serán ingresos de esta Cuenta los fondos remitidos por la Dirección General de Escuelas y Cultura de la Provincia de Buenos Aires (Convenio 126).-
ARTÍCULO 3: Serán egresos de esta Cuenta, los resultantes de la aplicación de los Art.3 y 4 del respectivo convenio.-
ARTÍCULO 4: Comuníquese al D.E., regístrese, publíquese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veinte días del mes de noviembre del año mil novecientos ochenta y cinco.