ORDENANZA Nº 061 / 2018
Artículo 1º: Incorpórese a la Ordenanza N° 45/2012 un artículo que quedará redactado de la siguiente manera: “Los reconocimientos a personas fallecidas deberán llevar la leyenda Post Mortem”.
Artículo 2º: De forma.
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.
Fecha de Publicación: 26/11/2018