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ORDENANZA Nº 080 / 2018

Artículo 1°: Foméntese en todo el partido de Marcos Paz la Producción Agroecológica, articulándose planes, programas, proyectos y acciones que impulsen el desarrollo de Sistemas de Producción Agroecológica mediante la promoción y regulación de procesos de producción, distribución, industrialización casera y artesanal, comercialización y consumo de alimentos saludables, entendiendo estos, como aquellos logrados a partir de considerar en forma interrelacionadas las dimensiones de sustentabilidad ambiental, económica, social y cultural.
Entendiendo como PRODUCCION AGROECOLOGICA, al conjunto de estrategias y prácticas puestas en juego, en actividades de índole agropecuarias rurales y urbanas basadas en una agricultura de procesos y no de insumos. El diseño, desarrollo y gestión de sistemas agrícolas sustentables y tecnologías apropiadas, respetando la diversidad natural y social de los ecosistemas locales, la diversificación de cultivos y la revalorización de prácticas tradicionales, sin la utilización de insumos de síntesis química, ni organismos genéticamente modificados que permitan una alimentación segura y sustentable. También se respetan y fomentan las relaciones entre los actores vinculados con dichas acciones y prácticas. Este tipo de producción además conlleva a la producción, selección y conservación de semillas y razas de animales NATIVAS Y CRIOLLAS. Se incluye, por lo tanto, dentro de esta definición a la agricultura orgánica, biodinámica, permacultura y cualquier otra actividad variante que cumplo con estos elementos centrales.

Artículo 2°: Estimúlese la transición hacia la producción agroecológica a nivel de los predios agrícolas existentes en el municipio, no sólo en la zona donde el uso de agroquímicos y/o plaguicidas están prohibidos sino también por fuera de ella, comenzando de esta manera, un camino de transición hacia un nuevo paradigma de agricultura que nos permita repoblar las áreas rurales, valorar los saberes ancestrales, producir en una escala familiar y armoniosa con la naturaleza, proteger el ambiente, cuidar los ecosistemas y a través de la producción sana de alimentos variados y locales promover el desarrollo local, el turismo ecológico, generar fuentes de trabajo en el campo, fomentar la soberanía alimentaria y territorial; y fundamentalmente mejorar la dieta alimenticia y preservar la salud de la población.

Artículo 3°: Promuévanse las estrategias y prácticas agroecológicas mediante el dictado de cursos, talleres y charlas dentro del distrito, a partir de la firma de convenios y alianzas con Universidades, Centros de Estudios y Agencias del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria que realizan actividades en el territorio y en áreas cercanas.

Artículo 4°: Estimúlese la comercialización de productos agroecológicos, debidamente certificados, a partir de ventas directas a domicilio, ferias itinerantes y mercados fijos de cercanía, enmarcados en la Economía social y Solidaria y el comercio justo.

Artículo 5°: El Municipio promoverá el consumo de alimentos agroecológicos a partir de la difusión de los beneficios para la salud individual y colectiva de los alimentos producidos ecológicamente y adquirirá de manera preferencial alimentos obtenidos de manera agroecológica a productores locales a fin de ser consumidos en las escuelas del distrito, hospital, hogar de adultos mayores y en planes alimentarios específicos.

Artículo 6°: De forma.

Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.

Fecha de publicación: 10/01/2019

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 19/12/2018