ORDENANZA 014/2024
ARTÍCULO 1°: Modifíquese la Ordenanza 45/2012, en su Capítulo II “De los Reconocimientos” – Título I “De los Títulos, que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 9°: Sin perjuicio de las Distinciones que en el futuro se pudiesen crear, se establecen en el Partido de Marcos Paz los siguientes Títulos:
- Visitante Ilustre del Partido de Marcos Paz.
- Huésped de Honor del Partido de Marcos Paz
- Vecino - Vecina Destacado del Partido de Marcos Paz.
- Vecino - Vecina Ejemplar.
- Ciudadano Honorario - Ciudadana Honoraria del Partido de Marcos Paz
- Ciudadano - Ciudadana Ilustre del Partido de Marcos Paz.
- Personalidad Destacada del Partido de Marcos Paz.
- Mujer Ejemplar del Partido de Marcos Paz.
- Huésped Oficial del Partido de Marcos Paz. Huésped Oficial del H.C.D. de Marcos Paz
- Comercios Históricos
No será concedida ninguna Distinción que no se ajuste a los méritos de la persona a distinguir.
ARTÍCULO 21(BIS): COMERCIOS HISTÓRICOS
Serán reconocidos con esta distinción, aquellos comercios que más allá del cambio de firma o no, han mantenido su rubro, tradición, desarrollo, historia etc. Por más de 50 años aportando al crecimiento económico de nuestra ciudad.
La distinción consistirá en la entrega de Obsequio y copia de la Resolución.”
ARTÍCULO 2°: De Forma.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Marcos Paz a los veintisiete días del mes de Junio del año 2024.-
Fecha de publicación: 12/07/2024
protocolo adicional de Colaboración entre Municipalidad de Marcos Paz y la Universidad Nacional de Tres de Febrero”