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Archivo y Referencia - Honorable Concejo Deliberante de Marcos Paz

ORDENANZA  N° 033/2025

ARTÍCULO 1°: Declárese de Interés Municipal la conservación, producción y reproducción de plantas nativas para el parquizado y arbolado en espacios públicos y privados de Marcos Paz.-

ARTÍCULO 2°: Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal (DEM), a través del área que éste determine como Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza, a realizar las gestiones correspondientes para adherir al Plan Provincial Nativas Bonaerenses (ver Anexos).-

ARTÍCULO 3°: Promuévase el uso de flora nativa en espacios públicos municipales a través de un régimen progresivo que tenga en cuenta los siguientes lineamientos, así como también la “Guía” y las recomendaciones del Plan Provincial Nativas Bonaerenses:
a- En espacios públicos urbanos, periurbanos y rurales creados posteriormente a esta Ordenanza, el uso de plantas nativas será de un mínimo del %50 (cincuenta por ciento) de la plantación total, tendiendo a un máximo ideal del %100 (cien por ciento) de uso de plantas nativas, según disponibilidad.
b- En espacios públicos urbanos, periurbanos y rurales creados con anterioridad a esta Ordenanza, se procederá a la reforestación paulatina a través del reemplazo de plantas exóticas por plantas nativas.
c- El arbolado público en veredas y plazas emplazadas con posterioridad a esta Ordenanza, se realizará con el %100 (cien por ciento) de plantas nativas.-

ARTÍCULO 4°: Créase el Registro Municipal de Plantas Nativas y el Banco de Semillas Municipal, el que se conformará con las semillas que se puedan generar en el Vivero Municipal, Jardín Botánico y toda otra área pública local que corresponda, así como con los aportes que puedan realizar otros organismos del estado, ONG vinculadas a la temática, particulares y/o Viveros Comerciales, los que deberán inscribirse como proveedores municipales.-

ARTÍCULO 5°: Autorícese al DEM a diseñar e implementar campañas de promoción y concientización sobre la importancia de las especies nativas para resguardo de la biodiversidad y el bienestar de la comunidad, incentivando su uso.-

ARTÍCULO 6°: Solicítese al DEM la implementación de la Ordenanza 026/2024.-

ARTÍCULO 7°: De forma.-

ANEXOS DEL PLAN PROVINCIAL NATIVAS BONAERENSES:
1- Página principal: https://www.ambiente.gba.gob.ar/nativas/plan
2-Catálogo: https://www.ambiente.gba.gob.ar/pdfs/002_Catalogo_Nativas_ABRIL2024.pdf
3-Guía práctica: https://www.ambiente.gba.gob.ar/pdfs/007_NATIVAS_GU%C3%8DA%20PR%C3%81CTICA_4ABR24.pdf

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los cuatro días del mes de Diciembre del año dos mil veinticinco.-

 

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Información adicional

  • Fecha de Sanción: 04/12/2025