ORDENANZA Nº 73/88
ARTÍCULO 1: Facúltase al D.E. a celebrar el convenio para prestación de servicios médico asistenciales entre el Hospital Municipal y el Instituto de Servicios Sociales para el Personal de la Industria de la Carne y Afines.-
ARTÍCULO 2: Los gastos que demande la prestación de los servicios médico asistenciales serán abonados íntegramente por el ISSPICA a valor Nomenclador Nacional.-
ARTÍCULO 3: Comuníquese, regístrese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, al primer día del mes de Noviembre del año mil novecientos ochenta y ocho