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ORDENANZA Nº 74/88

 

ARTÍCULO 1: Facúltase al D.E. a firmar con la Dirección de Vialidad Provincial un Convenio para realizar trabajos de conservación de caminos de tierra de jurisdicción de la Red Provincial.-

 

ARTÍCULO 2: El total de camino a conservar es de 30 Km.-

 

ARTÍCULO 3: Comuníquese, regístrese y archívese.-