ORDENANZA Nº 74/88
ARTÍCULO 1: Facúltase al D.E. a firmar con la Dirección de Vialidad Provincial un Convenio para realizar trabajos de conservación de caminos de tierra de jurisdicción de la Red Provincial.-
ARTÍCULO 2: El total de camino a conservar es de 30 Km.-
ARTÍCULO 3: Comuníquese, regístrese y archívese.-