ORDENANZA Nº 05/84
ARTÍCULO 1: Autorizase al Departamento Ejecutivo al liquidar el personal comprendido en la Carrera Medico Hospitalaria cuya jornada habitual de labor sea de 24 horas o mayores, una Asignación Especial Remunerativa de =A= 1.000.- (un mil pesos argentinos).-
La asignación establecida no se computara para el pago Bonificación por antigüedad y otros adicionales.-
ARTÍCULO 2: Las Reformas Presupuestarias ser n efectuadas en el proyecto de Presupuesto para el año 1984
ARTÍCULO 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, publíquese y regístrese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los ocho días del mes de febrero del año mil novecientos ochenta y cuatro.