ORDENANZA N° 05/92
ARTÍCULO 1°: Autorícese al D.E.M., a convocar a empresas interesadas en la concesión del mantenimiento, facturación y cobranza del Sistema Sanitario Municipal (agua corriente), de acuerdo a lo dispuesto en el Capítulo II, Art.53 y Capítulo VII, Art. 230 al 239 inclusive, de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
ARTÍCULO 2°: Las aplicaciones de las redes serán fijadas por el D.E.M. y la modalidad de ejecución dispuesta por el mismo acorde a cada caso.-
ARTÍCULO 3°: Los pliegos serán preparados por el D.E.M., manteniendo las características de precalificación, adjudicación y concesión por tiempo determinado.-
ARTÍCULO 4°: Comuníquese, regístrese y cumplido archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los dos días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y dos.