ORDENANZA Nº 23/84
ARTÍCULO 1: Modifícanse los artículos 3 y 4 del Decreto Nº 13183, los que quedaran redactados de la siguiente manera:
ARTÍCULO 3: Para los vecinos frentistas que se acojan al sistema de pago en cuotas que establece el presente se fija la tasa activa mensual sobre saldos que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento a 30 (treinta) días.-
ARTÍCULO 4: (Texto según Ordenanza N° 61/85) Fijase los siguientes planes para el pago del pavimento:
a) Contado.
b) Hasta 36 cuotas mensuales con más el interés fijado en el Artículo 3.
Texto Anterior:
a) contado.
b) hasta en 12 (doce) cuotas mensuales con mas el interés fijado en el artículo precedente.-
ARTÍCULO 2: Fíjese como fecha de vencimiento el 30 e Abril de 1984 para el precio establecido en el artículo 1 de Decreto Nº 13/83.-
ARTÍCULO 3: Comuníquese al departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los dieciséis días del mes de abril del año mil novecientos ochenta y cuatro.