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ORDENANZA Nº 26/84


ARTÍCULO 1: Increméntese a partir del 1° de Febrero de 1984 en un 18% (dieciocho por ciento) las remuneraciones y adicionales vigentes al 31 de Enero de 1984, del personal Municipal, Concejo Deliberante y el de carrera Médico Hospitalaria.-

 

ARTÍCULO 2: Autorizase al Departamento Ejecutivo a reglamentar y realizar las transferencias presupuestarias para cumplimentar la presente Ordenanza, por Decreto.

 

ARTÍCULO 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, publíquese, regístrese y cumplido archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los siete días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y cuatro.

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  • Fecha de Sanción: 07/05/1984