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ORDENANZA N° 38/84

 

ARTÍCULO 1: Exímase de tasas Municipales de alumbrado, barrido y limpieza y aguas corrientes, a los ascendientes y descendientes o cónyuge de personas desaparecidas o detenidas por causas política domiciliadas en Marcos Paz, durante el periodo del gobierno de facto.-

 

ARTÍCULO 2: Dicha eximición corresponde al periodo del año 1984.

 

ARTÍCULO 3: El Departamento Ejecutivo Municipal dictar la reglamentación correspondiente, a efecto que los interesados acrediten los extremos legales para acogerse al presente beneficio.-

 

ARTÍCULO 4: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo y oportunamente archivase por vía notificación a los presentantes.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los cinco días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y cuatro.

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 05/06/1984