Marcos Paz, 29 de Mayo de 2023
VISTO:
El Expediente 4073-HCD 039/2023 P.R. “Declaración de Interés Ley 15.350”
La Ley Orgánica de las Municipalidades;
El Reglamento Interno;
La Ley Provincial Nº 15.350, para la señalización de las instituciones educativas públicas de todos los niveles, sean de gestión estatal o privada, en las que se constate que hayan existido estudiantes ex combatientes de Malvinas
La solicitud de adhesión a la mencionada normativa por parte del Centro de Veteranos de Guerra de Marcos Paz; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 15.350 promueve señalizar las instituciones educativas en las que hayan asistido excombatientes de la Guerra de Malvinas.-
Que en el aniversario número 40° de la guerra, la ley busca seguir propiciando la incorporación a la agenda malvinense en el sistema educativo de la provincia.-
Que mediante la mencionada Ley se propone que la señalización se haga mediante la "colocación de placas recordatorias, baldosas, murales, muestras fotográficas permanentes, nombre de aulas, patios, gimnasios". Además promueve "la realización de actividades pedagógicas destinadas a la concientización en torno a lo acontecido en la guerra por la reivindicación territorial de las islas Malvinas" y propone que se planifiquen con la intervención de los centros de estudiantes. Asimismo se sugiere desarrollar "charlas, talleres, seminarios, cine debate o cualquier otra forma de expresión artística o pedagógica".-
Que este Honorable Concejo Deliberante viene acompañando y debatiendo permanentemente las distintas inquietudes e iniciativas relacionadas con los principios de Memoria, Verdad y Justicia, que sin dudas incluyen la Causa Malvinas. -
Que esta es una manera positiva y propositiva de seguir honrando a nuestros héroes, para que su sacrificio en defensa de nuestra Soberanía no haya sido en vano.-
Por todo lo expuesto, y en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:
RESOLUCIÓN N° 006/2023
Artículo 1°: Declarar de interés municipal la sanción de la Ley 15.350 por parte de la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, destinada a la señalización de las instituciones educativas en las que hayan asistido excombatientes de la Guerra de Malvinas .-
Artículo 2°: Acompañar en la difusión desde las redes institucionales de este Honorable Concejo Deliberante de las iniciativas que a futuro lleve adelante.-
Artículo 3°: Remitir copia de la presente al Consejo Escolar de Marcos Paz, a la Jefatura Distrital, y al Centro de Veteranos de Guerra de Marcos Paz.-
Artículo 4°: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los veintinueve días del mes de Mayo del año dos mil veintitrés.-