Marcos Paz, 15 de Junio del 2023
VISTO:
El Expediente 4073-HCD 038/2023 P.R. “Adhesión al Proyecto de Ley Thiago”
La Ley Orgánica de las Municipalidades;
El Reglamento Interno;
Proyecto de Ley denominado Thiago
La solicitud de adhesión a la mencionada normativa por parte del Centro de Veteranos de Guerra de Marcos Paz; y
CONSIDERANDO:
Que el mencionado proyecto de Ley denominado Thiago tiene como principal objeto, que los alumnas/alumnos y nuestro sistema educativo en su conjunto, cuenten con un emblema que ratifica nuestra legitima e imprescriptible soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares argentinos.-
Que en el aniversario número 40° de la guerra, La ley Thiago es una herramienta para renovar y mantener los valores de recursos patrios, defendiendo nuestro territorio, asimismo, los derechos y recursos de cada habitante argentino y las generaciones futuras.-
Que la iniciativa, que surgió desde la discusión entre un alumno y su maestra por la soberanía de las Islas Malvinas, y éste proyecto ya fue convertida en Ley en las Provincias de Tierra del Fuego, Santa Cruz, Chubut y Jujuy entre otras.-
Que este Honorable Concejo Deliberante viene acompañando y debatiendo permanentemente las distintas inquietudes e iniciativas relacionadas con los principios de Memoria, Verdad y Justicia, que sin dudas incluyen la Causa Malvinas. -
Que esta es una manera positiva y propositiva de seguir honrando a nuestros héroes, para que su sacrificio en defensa de nuestra Soberanía no haya sido en vano.-
Por todo lo expuesto, y en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:
RESOLUCIÓN N° 007/2023
Artículo 1°: Acompañar el Proyecto Ley denominado Thiago, el cual cuenta con media sanción por parte de la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, destinada al uso del emblema bordado o estampado de las “Islas Malvinas” en los uniformes y guardapolvos de los centros educativos públicos como privados.-
Artículo 2°: Remitir copia de la presente a la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires y al Centro de Veteranos de Guerra de Marcos Paz.-
Artículo 3°: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los quince días del mes de Junio del año dos mil veintitrés.-