Marcos Paz, 06 de Diciembre de 2023
VISTO:
El Expediente 4073-HCD-072/2023 P.R Declaración de interés el proyecto “PODEMOS HABLAR”
La Constitución Nacional;
La Ley Orgánica de las Municipalidades;
El Reglamento Interno;
La Ordenanza Nº 45/2012, Sistema de Reconocimientos, Declaraciones de Interés, Distinciones y Honras Fúnebres;
La Ley Nacional N° 27.130 de Prevención al Suicidio;
La Ley Nacional N° 26.657 de Derecho a la Protección de la Salud Mental; y
CONSIDERANDO:
Que, nuestro país, estableció el día 10 de septiembre como el Día Nacional para la Prevención del Suicidio, con el objeto de concientizar acerca de esta problemática, en concordancia con lo estipulado a nivel internacional a través de la Organización Mundial de la Salud (OMS);
Que el COF (Centro de Orientación Familiar) de Marcos Paz presentó ante el DEM con la firma de la Inspectora de Enseñanza de la Dirección de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social, María Eugenia Osuna, y la firma del Inspector Jefe Distrital, Fabio Ragone, la propuesta de establecer el mes de septiembre de cada año como el mes para la prevención del suicidio que llevará como nombre “Podemos Hablar” debido a que el 10 de septiembre es el Día Nacional para la Prevención del Suicidio;
Que la mencionada propuesta surge a raíz del análisis de las situaciones de conflicto distritales y el impacto de los padecimientos subjetivos en las trayectorias de los estudiantes es que propone establecer a nivel distrital el mes para la prevención del suicidio;
Que en la República Argentina, de acuerdo a cifras del Ministerio de Seguridad en el año 2022 hubo 3955 suicidios, 11 muertes por día, de los cuales el 81% fueron hombres y el 19% mujeres, que para el caso de la Provincia de Buenos Aires la cantidad de suicidios adolescentes representa el 21% de las muertes ocurridas en el año 2022, y si consideramos que, según UNICEF Argentina, existe una sub-registro de un 30% de suicidios no informados como tales, la cantidad de muertes crece dramáticamente;
Que en las cifras de la cartera de salud muestran también que el sector de la población con mayor tasa de suicidio es de los jóvenes, sobre todo el grupo comprendido entre los 15 y 24 años;
Que la Ley Nacional Nº 27.130 de Prevención del Suicidio declara de interés nacional la atención biopsicosocial, la investigación científica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección y atención de las personas en riesgo de suicidio y la asistencia a las familias de víctimas del suicidio;
Que la citada Ley tiene por objeto la disminución de la incidencia y prevalencia del suicidio, a través de la prevención, asistencia y posvención;
Que uno de los propósitos de la Ley Nacional N° 27.130 es el desarrollo de acciones y estrategias para lograr la sensibilización de la población, ya que el suicidio es una realidad silenciosa en las sociedades modernas y el tabú que lo rodea hace que su prevención aún no se haya abordado de una forma adecuada;
Que, el abordaje coordinado, interdisciplinario e interinstitucional de la problemática del suicidio, el desarrollo de servicios asistenciales, la capacitación de los recursos humanos tanto al personal de salud como de educación y la promoción de la creación de redes de apoyo de la sociedad civil constituyen las estrategias a utilizar para cumplir con los fines de la Ley a la que se pretende adherir;
Que el suicidio es un importante problema de salud pública, según reconoce la OMS, siendo una de las principales causas de lesiones y muerte a nivel mundial. Aproximadamente 1.5 millones de personas se suicidan por año en el mundo, con un estimado de 1 suicidio cada 40 segundos;
Por todo lo expuesto, y en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION N° 018/2023
ARTÍCULO 1°: Declarar de Interés Municipal el proyecto “Podemos Hablar” presentado por el COF (Centro de Orientación Familiar).-
ARTÍCULO 2°: Entregar copia de la presente Resolución al COF (Centro de Orientación Familiar), Jefatura Distrital de Marcos Paz y Dirección de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social.-
ARTÍCULO 3°: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los seis días del mes de Diciembre del año dos mil veintitrés.-