ORDENANZA 014/2024

ARTÍCULO 1°: Modifíquese la Ordenanza 45/2012, en su Capítulo II “De los Reconocimientos” – Título I “De los Títulos, que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 9°: Sin perjuicio de las Distinciones que en el futuro se pudiesen crear, se establecen en el Partido de Marcos Paz los siguientes Títulos:
- Visitante Ilustre del Partido de Marcos Paz.
- Huésped de Honor del Partido de Marcos Paz
- Vecino - Vecina Destacado del Partido de Marcos Paz.
- Vecino - Vecina Ejemplar.
- Ciudadano Honorario - Ciudadana Honoraria del Partido de Marcos Paz
- Ciudadano - Ciudadana Ilustre del Partido de Marcos Paz.
- Personalidad Destacada del Partido de Marcos Paz.
- Mujer Ejemplar del Partido de Marcos Paz.
- Huésped Oficial del Partido de Marcos Paz. Huésped Oficial del H.C.D. de Marcos Paz
- Comercios Históricos
No será concedida ninguna Distinción que no se ajuste a los méritos de la persona a distinguir. ARTÍCULO 21(BIS): COMERCIOS HISTÓRICOS
Serán reconocidos con esta distinción, aquellos comercios que más allá del cambio de firma o no,  han mantenido su rubro, tradición, desarrollo, historia etc.  Por más de 50 años aportando al crecimiento económico de nuestra ciudad.
La distinción consistirá en la entrega de Obsequio y copia de la Resolución.” ARTÍCULO 2°: De Forma.-

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Marcos Paz a los veintisiete días del mes de Junio del año 2024.-

Fecha de publicación: 12/07/2024

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protocolo adicional de  Colaboración entre Municipalidad de Marcos Paz y la Universidad Nacional de Tres de Febrero”

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 27/06/2024