Marcos Paz, 14 de Mayo de 2026.-

VISTO:
El Expediente 4073-HCD-088/2026 PR “Repudio ante el proyecto de Ley de Discapacidad” 
La Constitución Nacional;
La Constitución de la provincia de Buenos Aires;
La Ley Orgánica de las Municipalidades;
El Reglamento Interno;
La Ley Nacional N° 13.478/1948, de Pensiones No Contributivas, y sus modificatorias;
La Ley Nacional N° 24.901/1997, del Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación Integral a Favor de las Personas con Discapacidad, y sus modificatorias;
La Ley Nacional N° 26.378/2008, Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo;
La Ley Nacional N° 26.816/2013, del Régimen Federal de Empleo Protegido para Personas con Discapacidad;
La Ley Nacional N° 27.793/2025; de Emergencia Nacional en Discapacidad;
El Proyecto de Ley impulsado por el Poder Ejecutivo Nacional que obra en la Honorable Cámara de Senadoras y Senadores de la Nación, bajo el Expte. N° PE-100/2026, arteramente denominado “Ley Contra el Fraude de Pensiones por Invalidez; y

CONSIDERANDO:
    Que las personas con discapacidad constituyen un colectivo históricamente vulnerado, cuyos derechos han sido reconocidos y ampliados progresivamente a través de normativas nacionales e internacionales;
    Que el sistema actual de prestaciones en discapacidad se sustenta en el nomenclador único, herramienta fundamental que garantiza criterios de equidad, accesibilidad y calidad en las prestaciones, independientemente de la condición socioeconómica de las personas;
    Que la eventual desregulación de dicho nomenclador implicaría una fragmentación del sistema, dejando librado al mercado el acceso a terapias, tratamientos y servicios esenciales;
    Que la implementación de un reempadronamiento obligatorio podría generar barreras administrativas adicionales, poniendo en riesgo la continuidad de prestaciones indispensables para miles de personas con discapacidad;
    Que la posibilidad de que obras sociales y empresas de medicina prepaga fijen aranceles sin regulación atentaría contra el principio de igualdad de oportunidades, generando un acceso desigual basado en la capacidad de pago;
    Que estas medidas representan un claro retroceso en materia de derechos adquiridos por las personas con discapacidad, afectando su calidad de vida, su inclusión social y su desarrollo integral;
    Que cuando se debaten políticas públicas vinculadas a la discapacidad, se pone en discusión el modelo de sociedad que se pretende construir, en tanto se trata de uno de los sectores más sensibles y que requiere mayor protección por parte del Estado;
    Que resulta responsabilidad de los gobiernos locales expresar su posición frente a iniciativas que puedan vulnerar derechos fundamentales de sus ciudadanos y ciudadanas.

Por todo lo expuesto, y  en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:

RESOLUCIÓN  N° 021/2026

ARTÍCULO 1°: Expresar el más enérgico repudio al proyecto de ley que propone la implementación de un reempadronamiento obligatorio para personas con discapacidad, la eliminación y/o restricción de beneficios vigentes, la desregulación del nomenclador único de prestaciones básicas y la liberalización de aranceles por parte de obras sociales y empresas de medicina prepaga.-

ARTÍCULO 2°: Manifestar la profunda preocupación de este Honorable Cuerpo ante el impacto negativo que dichas medidas tendrían sobre el acceso equitativo a tratamientos, terapias y servicios esenciales para las personas con discapacidad.-

ARTÍCULO 3°: Enviar copia e invitar a pronunciarse en igual sentido a los Honorables Concejos Deliberantes de la provincia de Buenos Aires.-

ARTÍCULO 4°: De forma.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los catorce días del mes de Mayo del año dos mil veintiséis.-

HCD2026

 

Información adicional

  • Fecha: Jueves, 14 Mayo 2026
  • Resumen: Repudio al proyecto de Ley que propone la implementación de un reempadronamiento obligatorio para personas con discapacidad