ORDENANZA N° 34/91
ARTÍCULO 1: Autorícese al DE a revaluar los bienes muebles e inmuebles que se encuentran registrados en el Patrimonio Municipal en una suma inferior a =A= 10.000, a consignarlos en dicha suma de =A= 10.000.-
ARTÍCULO 2: Comuníquese, regístrese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veinte días del mes de Agosto del año mil novecientos noventa y uno