ORDENANZA N° 49/91
ARTÍCULO 1: Autorícese al D.E. a no exigir la presentación de planos de obras de las instalaciones requeridas para la cría de aves y porcinos, como parte integrante de la documentación necesaria para otorgar Habilitación Municipal.-
ARTÍCULO 2: Para tramitar la mencionada habilitación, deber presentarse croquis en escala, con balance de superficies de las instalaciones a habilitar.-
ARTÍCULO 3: Comuníquese, regístrese y cumplido archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los cinco días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y uno