El resultado muestra las ordenanzas que contienen todos los términos ingresados.

ORDENANZA N° 51/99

 

ARTÍCULO 1º: El horario para limpieza y lavado de veredas en la zona urbana será el comprendido entre las 0.00 y 9.00 hs.

 

ARTÍCULO 2º: Comuníquese al D.E.M.; dese al R.O.; publíquese y cumplido archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintinueve días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y nueve.

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 29/11/1999