Solicitud de cumplimiento de la Ordenanza 45/2016

Marcos Paz, 30 de Junio de 2022

VISTO:

El expediente 4073 HCD 072/2022 P.C. “Cumplimiento de Ordenanza 45/2016”
La Ley Nacional 24449,
La Ley 13927 de la Pcia. de Buenos Aires,
La Ordenanza 45/2016,
Los numerosos accidentes de tránsito acaecidos en los últimos tiempos en intersecciones de nuestra ciudad; y

CONSIDERANDO:
Que este Honorable Cuerpo sancionó en 2016 la Ordenanza 45, por la cual se establece la prioridad de paso de ciertas calles sobre otras en nuestra Ciudad,
Que hasta ese momento se daba una situación de hecho, en donde se respetaba la prioridad para quien circulaba en determinadas calles, pero solo basado en la costumbre pero sin ninguna norma legal que lo estableciera,
Que a partir de la sanción de la mencionada Ordenanza, se instauraron oficialmente las prioridades de las calles Sarmiento, Avellaneda, Piedras, entre otras,
Que si bien las normas jurídicas se presumen conocidas por todos, y son obligatorias desde su entrada en vigencia, resulta importante dar una amplia difusión a la misma,
Que en el artículo 2 de la Ordenanza 45/2016 manifiesta la actuación material a cumplir por el Departamento Ejecutivo Municipal, en colocar cartelería indicativa en las intersecciones de mayor potencial de riesgo,

Por todo lo expuesto, y  en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:

COMUNICACIÓN N° 007/2022

ARTÍCULO 1°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal la importancia del cumplimiento de la Ordenanza 45/2016, dando una amplia difusión a lo establecido en la misma y colocando la cartelería establecida en los lugares de mayor peligro de accidentes viales.-
ARTÍCULO 2°: De forma.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los treinta días del mes de junio  del año dos mil veintidós.

 

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  • Fecha: Jueves, 30 Junio 2022
  • Resumen: Solicitud de cumplimiento de la Ordenanza 45/2016