Marcos Paz, 11 de Julio del 2024.-
VISTO:
El Expediente 4073-HCD-128-2024 P.C. “Limpieza de microbasural a cielo abierto en calle Rodríguez Peña esquina Pueyrredón”
La Constitución Nacional
La Constitución de la Provincia de Buenos Aires.
La Ley orgánica de las Municipalidades
CONSIDERANDO:
Que es una preocupación de los vecinos y vecinas la conformación de microbasural a cielo abierto sobre calle Rodríguez Peña y esquina Pueyrredón.
Que la acumulación de basura constituye un riesgo para la salud comunitaria entre otras cosas por crear las condiciones para la transmisión de enfermedades infectocontagiosas como por ejemplo la Leptospirosis.
Que las condiciones climáticas, especialmente días de lluvia hacen que por la falta de zanjeo también se acumule agua en dicho espacio con la probabilidad de que la basura circule empeorando las condiciones de saneamiento ambiental del barrio.
Que es de gran importancia mantener las condiciones de higiene comunitaria especialmente en zonas de alta circulación de personas.
Por todo lo expuesto, y en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:
COMUNICACIÓN N° 014/2024
ARTÍCULO 1°: Solicitar al DEM disponga los medios necesarios para realizar la limpieza del microbasural conformado en la Calle Rodríguez Peña esquina Pueyrredón.-
ARTÍCULO 2°: De forma.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los once días de Julio del año dos mil veinticuatro.-