Marcos Paz, 05 de Septiembre del 2024.-
VISTO:
El Expte. 4073-HCD 182/2024 “Incumplimiento del recorrido C Marcos Paz-Merlo por los Barrios”
Carta orgánica de las Municipalidades.
Ordenanza 18/2020
CONSIDERANDO:
Que debido al crecimiento demográfico que experimenta Marcos Paz en las últimas décadas, cada vez más vecinos y vecinas utilizan el transporte público para desplazarse, ya sea dentro del distrito o para salir de él.
Que las empresas prestadoras del servicio Libertador Metropolitana y Sargento Cabral S.A.T.A. de la línea 322 están incumpliendo el RECORRIDO C (IDA) Merlo por los Barrios ya que no transitan por la calle French hasta Libertad. San Martín. Capilla Nuestra Señora de Fátima. Rotonda. Volviendo por San Martín. Libertad. Alsina. Y tampoco lo cumplen a su retorno del RECORRIDO C (VUELTA) Marcos paz por los Barrios: Salida desde Moreno y Sáenz Peña, dobla a la derecha Aristóbulo del valle, D´agnilo, Rivadavia a la izquierda, dobla a la derecha en José C. Paz hasta Libertad, San Martín a la izquierda hasta Soldado Argentino rodea capilla de Fátima, San Martín hasta Libertad. San Martín hasta Capilla Nuestra Señora de Fátima. Rotonda. San Martín. Libertad. French. Cruzando paso a nivel.
Que dicho recorrido es de relevancia, ya que acerca a muchas personas a instituciones educativas que están ubicadas sobre la calle Libertad. Así, como conecta distintos barrios del distrito.
Además, en el recorrido mencionado no se encuentran señalizadas las paradas de ascenso y descenso de pasajeros sobre la calle Libertad. Cabe mencionar que sobre la calle Libertad circula el colectivo municipal que realiza el traslado de los/as estudiantes a la EESA Nº 1 y actualmente no hay construidos refugios.
Que es potestad de este honorable cuerpo legislar y hacer cumplir las normativas vigentes que ordenan el transporte público según lo dispuesto por la ordenanza 18/2020.
Por todo lo expuesto, y en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:
COMUNICACIÓN N° 023/2024
ARTÍCULO 1°: Indicar a la empresa de transporte público Libertador Metropolitana y Sargento Cabral S.A.T.A. de la línea 322 Recorrido C (Merlo–Marcos Paz por los Barrios).- el cumplimiento de los recorridos del servicio de transporte estipulados en la ordenanza 18/2020.-
ARTÍCULO 2°: Comunicar al DEM y a los secretarios encargados de dar cumplimiento a lo normado por este honorable cuerpo.-
ARTÍCULO 3°: Solicitar al DEM que realice las gestiones necesarias para la correcta señalización de las paradas de ascenso y descenso de pasajeros/as y la construcción de refugios sobre la calle Libertad.-
ARTÍCULO 4º: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los cinco días del mes de Septiembre del año dos mil veinticuatro.-