Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal la plena implementación de la Ordenanza 62/2010

Marcos Paz, 03 de Octubre del 2024.-

VISTO:
El Expediente 4073-HCD 0216/2024 P.C. “Solicitar al DEM la pronta implementación la ordenanza 62/2010”
La Constitución Nacional;
La Ley Orgánica de las municipalidades;
 La Ley Nacional 26.370;
La Ley Provincial 13.964;
El reglamento interno del Honorable Concejo Deliberante de Marcos Paz;
La ordenanza 62/2010 del Honorable Concejo Deliberante de Marcos Paz;
Los hechos de violencia de público conocimiento ocurridos en establecimientos  nocturnos.

CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza N.º 62/2010 crea el Registro de Trabajadores de Control de Admisión y Permanencia en la Municipalidad de Marcos Paz, estableciendo condiciones claras para quienes desempeñan esta función, con el objetivo de garantizar un trato respetuoso e igualitario a todos los concurrentes.
Que es imprescindible la implementación plena de dicha ordenanza, especialmente en lo que respecta al cumplimiento de las condiciones objetivas de admisión y permanencia determinadas por los titulares de pubs, discotecas, bares, clubes, restaurantes y otros establecimientos, o en eventos cuya actividad consista en la organización y explotación de los mismos.
Que resulta fundamental que el Departamento Ejecutivo Municipal avance en la reglamentación y operativización del Registro de Trabajadores de Control de Admisión y Permanencia, conforme al Artículo 2° de la Ordenanza N.º 62/2010, y promueva las capacitaciones correspondientes para el personal involucrado tal como lo exigen las leyes nacionales y provinciales mencionadas.

Por todo lo expuesto, y  en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:

COMUNICACIÓN  N° 026/2024

ARTÍCULO 1°: Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal la plena implementación de la Ordenanza 62/2010, en cumplimiento de la Ley Nacional 26.370 y la Ley Provincial 13.964, que regulan las actividades de control de admisión y permanencia en establecimientos nocturnos, clubes, bares y otros lugares públicos.-

ARTÍCULO 2°: De forma.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los tres días del mes de Octubre del año dos mil veinticuatro.-

  

 

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Información adicional

  • Fecha: Jueves, 03 Octubre 2024
  • Resumen: Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal la plena implementación de la Ordenanza 62/2010