Marcos Paz, 12 de Diciembre del 2024.-
VISTO:
El Expediente 4073-HCD 284/2024 P.C. “Solicitar al DEM la Implementación de la Ordenanza 025/2016”
La Constitución Nacional
La Constitución de la Provincia de Buenos Aires.
La Ley orgánica de las Municipalidades
CONSIDERANDO:
Que dicha ordenanza fue presentada, trabajada en comisión y aprobada por unanimidad por los bloques que integraban el Cuerpo de este HCD en el año 2016.
Que la complejidad de los problemas y el recorte al financiamiento del sector salud que abonan la crisis sanitaria que atravesamos exigen de respuestas integrales, urgentes, intersectoriales.
Que es una recomendación del Ministerio de salud de la Provincia de Buenos Aires, la conformación de Concejos Comunitarios de salud, que puedan potenciar el círculo virtuoso entre equipos de salud, organizaciones comunitarias, instituciones y personas interesadas y preocupadas por la salud de cada barrio.
Que la participación popular en salud es uno de los componentes más importantes de la estrategia de Atención Primaria de la salud, que propone el encuentro de vecinos, equipos de salud de los territorios y profesionales con el objetivo de construir diagnósticos epidemiológicos, priorizar problemas y diseñar juntos estrategias de abordaje de situaciones complejas como el embarazo no deseado en las adolescencias, la prevención de enfermedades de transmisión sexual , el consumo problemático o la malnutrición en comunidades en situación de mayor vulnerabilidad.
Por todo lo expuesto, y en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:
COMUNICACIÓN N° 036/2024
ARTÍCULO 1°: Solicitar al DEM disponga los medios para implementar la Ordenanza N° 025/2016.-
ARTÍCULO 2°: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los doce días del mes de Diciembre del año dos mil veinticuatro.-