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ORDENANZA N° 11/98


ARTÍCULO 1°: EXIMASE del pago de las Tasas Municipales de los Capítulos I - IV y XXII, de la Ordenanza Impositiva vigente al inmueble ubicado en la esquina de Lavalle y Agüero de nuestro partido donde funciona el Centro de Asistencia y Prevención de las Adicciones, para el año 1998.

 

ARTÍCULO 2°: El tributo eximido no alcanza el importe establecido para la Tasa de servicio de Alumbrado Publico que actualmente percibe la Empresa Edenor S.A., de acuerdo al convenio celebrado oportunamente.

 

ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Dese al R.O., regístrese, publíquese y cumplido archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintiún días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y ocho.

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 21/05/1998