ORDENANZA N° 56/84
ARTÍCULO 1: Otorgase al Circulo Criollo "La Tradición" de Marcos Paz, en comodato por el termino de 3 (tres) años a partir de la sanción de esta Ordenanza, la parcela que según plano 68-35-58 es remanente por desmembramiento del camino ubicado en el cuartel III, con una superficie de 5 hs. 004-0 1 C sin denominación catastral, no pudiendo darle otro destino que la realización del objeto principal de su formación, debiendo velar por el mantenimiento del orden y la seguridad pública en todo su perímetro. No podrán alterar los usuarios del inmueble que se da en comodato, con excavaciones, desniveles o quitar capas de tierra, quedando en favor del Municipio sin cargo alguno, la forestación o parquización que se efectúen sobre el mismo.-
ARTÍCULO 2: Autorizase al Departamento Ejecutivo a firmar el acta de entrega bajo las condiciones "ut supra" Recibir la posesión del inmueble el representante legal de la institución referida, acreditando dicha circunstancia con el Libro de Actas o testimonio respectivo.-
ARTÍCULO 3: Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos precedentes, se reserva este Honorable Concejo Deliberante el derecho de otorgar el uso compartido del inmueble que se otorga en comodato, en favor de otras instituciones de bien público que lo soliciten, siempre que la superficie libre y demás condiciones de infraestructura y ubicación lo permiten a juicio de este Honorable cuerpo.-
ARTÍCULO 4: Pase al Departamento Ejecutivo, regístrese y archivase.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los dieciséis días del mes de julio del año mil novecientos ochenta y cuatro.