Observaciones:
• DEROGADA por la Ordenanza N° 50/2022
ORDENANZA N° 59/84
ARTÍCULO 1: Autorizase en todo el ámbito del Partido de Marcos Paz, el libre estacionamiento para todos los conductores discapacitados de vehículos automotores.-
ARTÍCULO 2: Facultase al Departamento Ejecutivo a reglamentar la presente Ordenanza, de acuerdo a las normas concordantes establecidas por el código de tránsito de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTÍCULO 3: Pase al Departamento Ejecutivo, cúmplase, regístrese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los treinta días del mes de julio del año mil novecientos ochenta y cuatro.